septiembre 2025



Noticias de Norteamérica

En los EE. UU., cuando se identifican peligros en productos de consumo, serán retirados del mercado y publicados en el Comisión de Seguridad de Productos del Consumidor (CPSC) Recientes Retiros del Mercado en el sitio web de la CPSC, que se actualiza diariamente. Los retiros en EE. UU. del 01 de agosto de 2025 al 31 de agosto de 2025 se resumen a continuación:

Peligros

Frecuencia

Riesgo de muerte

6

Peligro de quemaduras

6

Peligro de lesiones

6

Peligro de impacto

2

Peligro de asfixia

2

Peligro de incendio

2

Daños en la piel

1

Peligro de vuelco

1

Peligro de laceración

1

Daños auditivos

1

Peligro de caídas

1

Peligro de ingestión

1

Peligro de intoxicación

1

Peligro de descarga eléctrica

1

Peligro de atrapamiento

1

Categorías de productos

Frecuencia

Electrodomésticos

5

Tejido / Textil / Confección / Textil hogar

3

Herramientas y hardware

2

Material en contacto con alimentos

2

Juguetes y artículos de puericultura

2

Electrodomésticos

2

Productos químicos

1

Joyería

1

Ordenador / Audio / Vídeo / Otros aparatos electrónicos y accesorios

1

Artículos para mascotas

1

Muebles

1

Cuidado corporal / Cosmética

1

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El estado de Washington ha introducido una nueva norma que prohíbe la adición intencional de formaldehído y ciertos químicos liberadores de formaldehído (conocidos como liberadores de formaldehído) en productos cosméticos. Esta medida tiene como objetivo proteger la salud pública al reducir la exposición a estas sustancias potencialmente cancerígenas. La regulación se dirige a productos vendidos, fabricados o distribuidos dentro del estado, incluyendo aquellos utilizados en servicios profesionales, ventas en línea y tiendas minoristas.

El formaldehído es un químico incoloro y de olor fuerte utilizado históricamente en muchas industrias como conservante y desinfectante. En cosméticos, a menudo se adicionaba directa o indirectamente (a través de conservantes que liberan formaldehído) para prevenir el crecimiento microbiano y extender la vida útil.

Sin embargo, el formaldehído ha generado serias preocupaciones de seguridad por su potencial cancerígeno, las reacciones alérgicas y los riesgos de inhalación en escenarios de exposición tanto ocupacional como para consumidores.

En un esfuerzo por reducir la exposición a estas sustancias potencialmente cancerígenas, el 28 de agosto de 2025, el Departamento de Ecología de Washington adoptó una nueva norma, Capítulo 173-399 WAC: Restricción de Productos Cosméticos, que amplía la Ley de Cosméticos Libres de Tóxicos (TFCA, por sus siglas en inglés) para prohibir el uso de formaldehído y de todos los químicos que liberen formaldehído en productos cosméticos y de cuidado personal.

4. Alcance

Esta norma se aplica a todos los productos cosméticos destinados a ser usados en o dentro del cuerpo humano para limpieza, embellecimiento, promoción de atractivo o alteración de la apariencia. Cubre:

  • Productos vendidos en tiendas físicas o en línea dentro del estado de Washington.

  • Cosméticos utilizados en servicios profesionales (por ejemplo, salones).

  • Tanto productos terminados como aquellos distribuidos para reventa.

La prohibición específicamente prohíbe la adición intencional de formaldehído o los liberadores listados: las impurezas traza de otras fuentes no están restringidas.

5. Sustancias prohibidas

La norma identifica 25 liberadores de formaldehído que no pueden ser intencionadamente añadidos. Estos son comúnmente utilizados como conservantes o en formulaciones como esmaltes de uñas y productos para el cabello. La lista completa incluye:

Artículo

Nombre de la Sustancia

Número CAS

1

DMDM Hidantoína

6440-58-0

2

Diazolidinyl Urea

78491-02-8

3

Imidazolidinyl Urea

39236-46-9

4

Quaternium-15

4080-31-3; 51229-78-8

5

Resina de Toluamida/Formaldehído (PTSAF)

25035-71-6

6

2-Bromo-2-Nitropropano-1,3-Diol (Bronopol)

52-51-7

7

Hidroximetil Glicinato de Sodio

70161-44-3

8

Polioximetileno Urea

9011-05-6; 68611-64-3

9

Polioximetileno Melamina

9003-08-1

10

5-Bromo-5-Nitro-1,3-Dioxane (Bronidox)

30007-47-7

11

7-Etilbiciclo-oxazolidina (Bioban CS1246)

7747-35-5

12

Benzilhemiformal

14548-60-8

13

Formaldehído de Dimetilhidantoína (DMHF)

26811-08-5; 9065-13-8

14

Glicol Dimetilol

3586-55-8

15

Urea Dimetilol

140-95-4

16

Oxazolidina Dimetil

51200-87-4

17

MDM Hidantoína

116-25-6; 27636-82-4; 16228-00-5

18

Metenamina

100-97-0

19

Metilal

109-87-5

20

Paraformaldehído

30525-89-4

21

Polioximetileno

9002-81-7

22

Tetraglicolurilo de metilenoglicol

5395-50-6

23

Timonacico (cuando se usa en alisadores de cabello activados por calor)

444-27-9

24

Tris-Hidroximetilnitrometano

126-11-4

25

Urea, polímero con formaldehído, isobutilado

68002-18-6

6. Ejecución

Requisito

Fecha de entrada en vigor

Prohibición de liberadores de formaldehído

No a la nueva fabricación, venta o distribución de cosméticos con liberadores de formaldehído añadidos intencionalmente

1 de enero de 2027

Venta de stock existente

Permitir que las empresas cumplan y que los minoristas gestionen el inventario existente. Después de eso, los productos deben ser retirados de los estantes

Permitido hasta el 31 de diciembre de 2027

El Departamento de Ecología del Estado de Washington evaluará el cumplimiento a través de:

  • Revisión de formulaciones de productos.

  • Muestreo y pruebas.

  • Otras fuentes de datos relevantes.

El etiquetado y la divulgación de ingredientes deben alinearse con los requisitos federales, pero puede ser necesaria una verificación específica del estado.

En Canadá, cuando se identifican peligros en los productos de consumo, serán retirados y publicados en la Base de datos de Recalls y Alertas de Seguridad en el sitio web de Health Canada, el cual se actualiza diariamente. Los recalls de Canadá desde el 01 de agosto de 2025 hasta el 31 de agosto de 2025 se resumen a continuación:

Peligros

Frecuencia

Peligro de incendio

7

Peligro de quemaduras

5

Peligro de lesiones

5

Peligro de caídas

4

Peligro químico

1

Peligro de laceración

1

Peligro de asfixia

1

Peligro de impacto

1

Peligro de estrangulamiento

1

Peligro de atrapamiento

1

Categorías de productos

Frecuencia

Electrodomésticos

9

Tejido / Textil / Confección / Textil hogar

3

Electrodomésticos

3

Artículos deportivos / Equipamiento

2

Equipos de protección

1

Herramientas y hardware

1

Juguetes y artículos de puericultura

1

Material en contacto con alimentos

1

Muebles

1

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Noticias de Europa

En Europa, cuando se identifican riesgos en productos de consumo no alimentarios, los productos son retirados y publicados en el sistema Safety Gate, el cual se actualiza semanalmente. Los retiros europeos del 01 de agosto de 2025 al 31 de agosto de 2025 se resumen a continuación:

Peligros

Frecuencia

Peligro químico

108

Peligro de asfixia

54

Peligro de lesiones

43

Peligro de descarga eléctrica

42

Peligro medioambiental

18

Peligro de incendio

11

Peligro de estrangulamiento

8

Peligro de asfixia

5

Peligro microbiológico

5

Otros peligros

15

*Otros riesgos incluyen Daño Auditivo, Riesgo de Quemadura, Daño a la Vista, Riesgo de Atrapamiento y Riesgo para la Salud con una frecuencia inferior a 5.

Categorías de productos

Frecuencia

Juguetes y artículos de puericultura

69

Cuidado corporal / Cosmética

52

Electrodomésticos

46

Maquinaria

13

Joyería

12

Tejido / Textil / Confección / Textil hogar

12

Productos químicos

10

Electrodomésticos

8

Artículos deportivos / Equipamiento

7

Otras categorías *

17

*Otras categorías incluyen Papelería, Computadoras / Audio / Video / Otros Electrónicos & Accesorios, Artículos para el Exterior, Equipos de Protección, Calzado, Artículos para Mascotas, Muebles y Accesorios con una frecuencia inferior a 7.

País notificante

Frecuencia

Hungría

47

Suecia

32

Francia

28

Chequia

23

Alemania

19

Polonia

18

Reino Unido con respecto a Irlanda del Norte

17

Lituania

11

Eslovaquia

10

Italia

8

Austria

8

Otros países

25

*Otros países incluyen Irlanda, Noruega, Chipre, España, Croacia, Finlandia, Países Bajos, Malta y Bélgica con una frecuencia inferior a 8.

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La Comisión Europea ha emitido un proyecto de enmienda el 10 de septiembre de 2025 para corregir la terminología, el ámbito de aplicación y los plazos para el uso de BPA en el Reglamento (UE) 2024/3190.

El 10 de septiembre de 2025, la Comisión Europea (UE) propuso un reglamento propuesto para revisar el Reglamento de la Comisión (UE) 2024/3190 sobre el uso de bisfenol A (BPA) y otros bisfenoles y derivados de bisfenol. Esta revisión es para aclarar ciertas inconsistencias y errores, que son importantes de corregir para asegurar la correcta implementación del Reglamento.

La siguiente tabla puede ser útil para revisar rápidamente las revisiones:

Tabla 1- Revisiones del Reglamento de la Comisión (UE) 2024/3190.

Artículo del (UE) 2024/3190

Comparación de las revisiones en el párrafo

Nota

Artículo 3 Prohibición del uso de BPA

1. Se prohíbe el uso de BPA en la fabricación de materiales y artículos destinados a entrar en contacto con alimentos……

2. A modo de excepción del párrafo 1, se puede usar BPA en la fabricación de materiales destinados a entrar en contacto con alimentos……

En el Artículo 3 del Reglamento (UE) 2024/3190, la referencia a ‘BPA y sus sales’ es inconsistente con la definición de ‘bisfenol’ establecida en el Artículo 2(2)(c) de dicho

Reglamento. Por lo tanto, las palabras ‘y sus sales’ se deben eliminar

del Artículo 3.

Artículo 9

Verificación del cumplimiento de los requisitos de este Reglamento

2. Para la selección de métodos utilizados para verificar que un material o artículo destinado a entrar en contacto con alimentos no contiene BPA residual, otro bisfenol peligroso o un derivado peligroso de bisfenol……

(c) para verificar que un material o artículo destinado a entrar en contacto con alimentos no contiene BPA residual, otro bisfenol peligroso o un derivado peligroso de bisfenol, se utilizará un método de extracción.

El Artículo 9(2) del Reglamento (UE) 2024/3190 tiene como objetivo garantizar que se utilice un método de análisis adecuado para determinar el cumplimiento con el Artículo 4 de dicho Reglamento. Dado que el Artículo 4 prohíbe la presencia de ‘BPA residual’, el Artículo 9(2)(c) de dicho Reglamento también debería referirse a ‘BPA residual’.

Artículo 11

Disposiciones transitorias relativas a artículos de contacto alimentario de un solo uso

1. Los artículos de contacto alimentario final de un solo uso fabricados utilizando BPA y cumpliendo con las reglas aplicables antes de la fecha de entrada en vigor de este Reglamento, que no cumplan con las reglas de este Reglamento, pueden ser colocados en el mercado por primera vez hasta el 20 de julio de 2026.

2. A modo de derogación del párrafo 1…… que no cumplan con las reglas de este Reglamento, pueden ser colocados en el mercado por primera vez hasta el 20 de enero de 2028.

El Artículo 11 de dicho Reglamento tiene como objetivo proporcionar disposiciones transitorias para la primera colocación en el mercado de artículos de contacto alimentario de un solo uso.

Dado que el Artículo 11, sin embargo, se refiere erróneamente solo a materiales de contacto alimentario ‘colocados en el mercado’, debe corregirse.

Artículo 12

Disposiciones transitorias relativas a artículos de contacto alimentario de uso repetido

3. Los artículos de contacto alimentario de uso repetido que fueron colocados por primera vez en el mercado de acuerdo con el párrafo 1 (pueden permanecer en el mercado hasta) 20 de julio de 2027. Los artículos de contacto alimentario de uso repetido que fueron colocados por primera vez en el mercado de acuerdo con el párrafo 2 pueden permanecer en el mercado hasta el 20 de enero de 2029.

El final del período de transición para los artículos de contacto alimentario en el párrafo 1 es diferente del final del período de transición para los artículos de contacto alimentario en el párrafo 2, la fecha indicada del 20 de enero de 2029 solo se aplica a los artículos colocados por primera vez en el mercado de acuerdo con el párrafo 2.

ANEXO III

La declaración de conformidad mencionada en el Artículo 8 deberá contener la siguiente información

(3) la identidad de los materiales intermedios en contacto con alimentos, los artículos finales en contacto con alimentos;

El objetivo es requerir la identidad de los materiales y artículos de contacto alimentario de un negocio a otro. Por lo tanto, la redacción debe corregirse.

Esta enmienda entrará en vigor al vigésimo día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Los fabricantes deben prestar atención a la fabricación y el almacenamiento, para asegurarse de que cumplen con los requisitos actualizados.

ECHA ha anunciado una fase de consulta para la posible inclusión de tres productos químicos como SVHC. Si se aprueban estas inclusiones, el número de sustancias reconocidas como SVHC en la lista de candidatos se actualizará potencialmente a 254 entradas.

El 1 de septiembre de 2025, la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA) inició una consulta pública de 45 días sobre tres nuevas sustancias potenciales de muy alta preocupación (SVHC) como se muestra en la tabla a continuación.

El 27 de junio de 2025, la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA) lanzó una consulta pública de 45 días sobre la sustancia decabromodifenil etano (DBDPE), como un nuevo potencial SVHC.

Si las tres sustancias más recientes son aprobadas [junto con DBDPE (número CAS: 84852-53-9)], el número de SVHC en la Lista de Candidatos se actualizará de 250 entradas a 254 entradas.

Se tomará una decisión sobre si estas sustancias se incluirán en la Lista de Candidatos de SVHC de la ECHA después de que termine el período de consulta.

Nombre de la sustancia

Número CE

Número CAS

Motivo de la inclusión

Posible uso

4,4'-[2,2,2-trifluoro-1-(trifluorometil)etilideno]difenol y sus sales

-

-

Tóxico para la reproducción (Artículo 57c)

Producción de polímero y caucho (ej., regulador de proceso reactivo, agentes de vulcanización o agentes de entrecruzamiento)

4,4'-metilendifenol

210-658-2

620-92-8

Tóxico para la reproducción (Artículo 57c)

Sustituto de otros bisfenoles en polímeros, plásticos o papel térmico

Lacas, barnices, recubrimientos, adhesivos, tuberías de agua y selladores dentales

n-hexano

203-777-6

110-54-3

Toxicidad específica para órganos por exposición repetida (Artículo 57(f) - salud humana)

Recubrimientos, pulidores y mezclas de ceras

Perfumes, fragancias

Cosméticos, productos de cuidado personal

Agentes de limpieza,

Agentes de soplado,

Fluidos funcionales,

Procesamiento de polímeros

La Dirección Europea de la Calidad de los Medicamentos y la Asistencia Sanitaria emitió recientemente edición de 2025.

El 1 de septiembre de 2025, la Dirección Europea de la Calidad de los Medicamentos y la Asistencia Sanitaria (EDQM) emitió una nueva guía técnica que complementa la Resolución CM/Res (2020)9 del Consejo de Europa sobre la seguridad y calidad de los materiales y artículos en contacto con alimentos y reemplaza la declaración de política sobre tapones de corcho y otros materiales y artículos de corcho destinados a estar en contacto con alimentos (Versión 2, fechada 05.09.2007).

La nueva Guía Técnica del EDQM realiza actualizaciones importantes a los requisitos de cumplimiento para los materiales de corcho en contacto con alimentos. La siguiente tabla puede ser útil para revisar rápidamente los cambios principales:

Tabla 1- Resumen de la Guía Técnica del EDQM

Artículo

Guía Técnica del EDQM sobre Corcho (contenido principal y cambios importantes)

Nota

Ámbito y definiciones

Aplicable para materiales y artículos de corcho en contacto con alimentos.

El componente principal de estos materiales y artículos es el corcho, obtenido de alcornoques (ISO 633:2019).

p.ej., tapones de corcho, bandejas, salvamanteles y fruteros.

Requisitos específicos

No hay un requisito obligatorio ni con el QMA* ni con el Límite de Migración Específico (SML)** para Pentaclorofenol (PCP) y Triclorofenol (TriCP).

* QMA es la cantidad residual máxima permitida de una sustancia en el material o artículo final expresada como peso por superficie del artículo en contacto con alimentos.

** SML es el Límite de Migración Específico

PCP y TriCP son requisitos generales en la Declaración de Política anterior.

Sustancias autorizadas

La lista ha sido actualizada.

/

Pruebas de cumplimiento

Cumplir con las restricciones aplicables a las sustancias indicadas en la lista autorizada.

Las sustancias activas pueden ser usadas si estos productos han sido autorizados para su uso.

Sin exceder los niveles máximos de residuos de pesticidas en alimentos según lo dispuesto en el Reglamento (CE) No 396/2005 (aplicable a productos de origen vegetal y animal o partes de los mismos para ser usados como alimentos o piensos frescos, procesados y/o compuestos).

No debe contener hongos, toxinas fúngicas o bacterias.

/

Condiciones de ensayo y métodos de análisis

Las condiciones de simulación de alimentos y pruebas de cumplimiento establecidas en el Reglamento (UE) No 10/2011 sobre materiales y artículos plásticos destinados a estar en contacto con alimentos y la Guía del Centro de Investigación Conjunta (JRC) en su publicación Condiciones de prueba para artículos de cocina en contacto con los alimentos deben ser seguidas.

/

Declaración de conformidad (DoC)

La Guía Técnica del EDQM enfatiza la importancia de la DoC y enumera la información que debería contener.

/

Esta guía se puede aplicar de inmediato.

Los fabricantes deben evaluar las formulaciones y procesos de producción de corcho y prestar atención a la Declaración de Conformidad, para asegurarse de que cumplan con la lista actualizada de sustancias autorizadas y requisitos técnicos.

La propuesta actualizada de restricción de PFAS de la UE, publicada por la ECHA el 20 de agosto de 2025, apunta a la fabricación, comercialización y uso de más de 10,000 sustancias PFAS bajo el Reglamento REACH, centrándose en 14 sectores clave, incluidos productos de consumo como textiles, empaques y cosméticos.

Alejándose de una prohibición universal, la propuesta introduce opciones de restricción flexibles y controles de emisiones para equilibrar la protección ambiental con la viabilidad industrial. Estas medidas mejoran la gestión al permitir el uso continuo en aplicaciones críticas. La propuesta requiere que las industrias de productos de consumo se preparen para el cumplimiento mediante pruebas y desarrollo alternativo durante períodos de transición.

Se esperan opiniones sobre la propuesta en 2026.

El 20 de agosto de 2025, la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA) publicó una propuesta actualizada para restringir las sustancias per- y polifluoroalquilo (PFAS), comúnmente conocidas como "químicos eternos", bajo el Reglamento de registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias químicas (REACH) de la UE. Esta revisión sigue a una extensa revisión de más de 5,600 comentarios de partes interesadas recibidos durante la consulta inicial de 2023. El informe actualizado, conocido como el Documento de Fondo, servirá como base para las opiniones de los comités de Evaluación de Riesgos (RAC) y Análisis Socioeconómico (SEAC) de la ECHA. Liderada por autoridades de Dinamarca, Alemania, Países Bajos, Noruega y Suecia, la propuesta busca minimizar las emisiones de PFAS al medio ambiente y proteger la salud humana abordando riesgos de más de 10,000 sustancias PFAS en sectores clave.

Si bien la propuesta original consideraba una prohibición "universal" amplia, la actualización adopta un enfoque más refinado, introduciendo exenciones específicas y cronogramas de implementación escalonados para equilibrar los objetivos ambientales con la viabilidad práctica. Esto es particularmente relevante para la industria de productos de consumo, donde los PFAS se utilizan en artículos como textiles, empaques y cosméticos.

1. Ámbito

La restricción apunta a la fabricación, comercialización y uso de PFAS en la UE, centrándose en adiciones intencionales a productos y procesos. Se aplica a una amplia gama de sectores, pero debido a los plazos de evaluación, la restricción inicial cubrirá solo los 14 sectores originales identificados en el expediente de 2023. Ocho sectores adicionales, identificados a través de comentarios de consulta, no serán incluidos en las opiniones del comité de 2026 y pueden requerir evaluaciones futuras separadas.

Categoría

Sectores Cubiertos

(Original 14)

Sectores Excluidos

(8 Nuevos Sectores – Diferido)

Enfoque de Consumidor

- Textiles y vestuario

- Papel y empaque (p. ej., materiales en contacto con alimentos)

- Cosméticos

- Equipos de protección personal (EPP)

- Aplicaciones de impresión

- Textiles técnicos

Industrial y Técnico

- Recubrimientos y pinturas

- Productos de construcción

- Lubricantes

- Electrónica y semiconductores

- Transporte (p. ej., vehículos)

- Energía (p. ej., fluidos de transferencia de calor, baterías)

- Aplicaciones de sellado

- Aplicaciones de maquinaria

- Usos industriales más amplios (p. ej., solventes, catalizadores)

Especializado

- Productos sanitarios

- Gases fluorados y refrigerantes

- Otras aplicaciones médicas (p. ej., empaques farmacéuticos)

- Aplicaciones militares

- Explosivos

2. Opciones Restringidas (ROs)

La propuesta original estableció dos Opciones de Restricción (RO): RO1, una prohibición completa de PFAS con una transición de 18 meses, y RO2, una prohibición con derogaciones específicas por sector de 5 a 12 años, también precedida por una transición de 18 meses. En respuesta a los comentarios de las partes interesadas, las autoridades además examinaron una tercera opción (RO3), que permitiría continuar ciertos usos de PFAS bajo estrictos controles de emisiones basados en el ciclo de vida.

La propuesta actualizada evalúa estas opciones de restricción (ROs) enfatizando controles basados en el riesgo. El enfoque central es una prohibición general de PFAS, con derogaciones adaptadas para permitir el uso continuo donde las alternativas no están disponibles, o los riesgos pueden gestionarse adecuadamente.

Opción Restringida

Descripción

Cobertura/Restricciones

RO1: Prohibición Total

Prohibición completa de la fabricación, comercialización y uso de PFAS, sin excepciones.

Aplica ampliamente pero no se adopta como opción principal debido a preocupaciones de viabilidad; sirve como base para comparación.

RO2: Prohibición con Derogaciones Específicas por Uso

Prohibición general pero permite el uso de PFAS durante 5 a 12 años (más un período de transición de 18 meses) en aplicaciones específicas donde aún no hay alternativas viables disponibles. Las derogaciones son específicas por sector y están sujetas a revisión.

- Cubre todos los 14 sectores originales.

- Ejemplos: 5 años para cosméticos; hasta 12 años para semiconductores y dispositivos médicos.

- Nuevas derogaciones para artículos de segunda mano, repuestos, papel/tablero recuperado y textiles/plásticos por encima de los umbrales de concentración.

RO3: Uso Condicional Bajo Restricciones

Permite el uso de PFAS bajo límites estrictos de emisiones durante todo el ciclo de vida y se consideró para algunos sectores

- Enfocado en sectores de alta tecnología como la electrónica, la energía y la producción de PFAS.

- Incluye derogaciones ilimitadas para investigación y desarrollo (I+D) e intermediarios en procesos derogatorios.

Las opciones de restricción RO1, RO2 y RO3 se consideran suficientemente aplicables. Se considera que RO1 es poco práctico o manejable, mientras que RO2 y RO3 se concluyen como viables y prácticas en relación con la implementación, aplicación y gestión. También se han considerado medidas complementarias en combinación con RO2 para fortalecer la gestión del riesgo.

Ámbito de los PFAS

Requisito

Condiciones de restricción

Sustancias por sí solas

Prohibido

El período inicial de gracia de 18 meses está dirigido a usos donde se espera que las alternativas sean viables a corto plazo.

Para usos con un alto potencial de sustitución a medio plazo: 6,5 años después de la fecha de entrada en vigor (VEV).

Para usos con bajo potencial de sustitución a medio plazo: 13,5 años después de la fecha de VEV.

Artículos plásticos que contienen material recuperado, excepto materiales en contacto con alimentos (MCF) y empaques de contacto con alimentos y juguetes: 23,5 años después de la fecha de VEV.

Exenciones sin límite de tiempo para artículos de papel y cartón que contienen material recuperado, excepto MCF y empaques.

Constituyentes de otra sustancia

En mezclas

En artículos

25 ppb para PFAS individuales (análisis específico)

250 ppb para la suma de PFAS (con degradación opcional de precursores)

50 ppm para el contenido total de fluoruro (incluyendo PFAS poliméricos)

Donde no haya métodos validados disponibles, se utiliza el análisis de fluoruro total, siendo responsabilidad de los fabricantes o importadores demostrar si el fluoruro es o no de PFAS. Los tres umbrales se aplican de manera uniforme a cualquier producto, permitiéndose el exceso solo donde el producto califique para una derogación específica establecida en la restricción propuesta.

3. Siguientes Pasos

Tras la publicación del Documento de Fondo, ECHA publicó una nota el 27 de agosto de 2025 que proporciona una actualización sobre su evaluación de la propuesta y aclara la cronología esperada.

La propuesta está ahora bajo evaluación por los comités científicos de la ECHA, con opiniones esperadas en 2026. El RAC y el SEAC planean concluir sus discusiones sobre los 14 sectores cubiertos por la propuesta de restricción original más la fabricación de PFAS y cuestiones horizontales para finales de 2025. La ECHA no evaluará los ocho sectores adicionales incluidos en la propuesta actualizada. Esto es para permitir que la ECHA finalice la opinión del RAC y el borrador de la opinión de SEAC y lleve a cabo la consulta sobre el borrador de la opinión de SEAC en la primera mitad de 2026.

(Comentario: según la publicación actualizada de la ECHA fechada el 15 de septiembre de 2025, el SEAC tiene la intención de acordar su borrador de opinión en su reunión, que está provisionalmente programada para la primera mitad de marzo de 2026.)

Se espera que las opiniones finales de RAC y SEAC, junto con el Documento de Fondo, permitan a la Comisión Europea tomar decisiones informadas sobre cómo abordar mejor los diversos sectores de uso (14 sectores identificados más ocho adicionales), la producción de PFAS y los temas tansversales.

La Comisión Europea se ha comprometido, en su plan de acción de la industria química del 8 de julio de 2025, a presentar una propuesta legislativa "tan pronto como sea posible" después de recibir las opiniones de la ECHA.

Francia ha publicado un aviso para reducir las sustancias de la "lista de sustancias autorizadas del Anexo VIII sujetas a presentación de expediente antes del 1 de julio de 2025" del Decreto del 5 de agosto de 2020 sobre materiales de caucho utilizados en materiales en contacto con alimentos y chupetes.

El 11 de agosto de 2020, el gobierno francés publicó oficialmente el Decreto del 5 de agosto de 2020 destinado a regular los materiales de caucho y artículos destinados al contacto con alimentos y chupetes para niños pequeños. El Decreto del 5 de agosto de 2020 reemplaza y deroga el anterior Decreto del 9 de noviembre de 1994.

Además de los artículos, hay ocho Anexos del Decreto del 5 de agosto de 2020:

  • Anexo I Monómeros permitidos, sustancias de partida y agentes modificadores

  • Anexo II aditivos permitidos

  • Anexo III Condiciones de ensayo para la medición de la migración específica y la migración global

  • Anexo IV N-nitrosaminas

  • Anexo V Declaración de Conformidad

  • Anexo VI Materia orgánica volátil libre

  • Anexo VII Criterios de pureza para colorantes y pigmentos

  • Anexo VIII Lista de constituyentes autorizados sujetos a la presentación del expediente necesario para su evaluación antes del 1 de julio de 2025

Ya hay sesenta sustancias enumeradas en el arriba mencionado Anexo VIII.

El 7 de agosto de 2025, el gobierno de Francia emitió el aviso para reducir las sustancias autorizadas de 60 a 10 del arriba mencionado Anexo VIII. Las sustancias en el Anexo VIII, que no están incluidas en el aviso, ya no podrán ser utilizadas a menos que cumplan con los requisitos del Artículo 10 del Decreto del 5 de agosto de 2020, que las sustancias han sido evaluadas o reconocidas por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, o por un organismo científico competente de la Unión Europea (UE), Turquía o el Espacio Económico Europeo (EEE).

Este aviso tiene efecto inmediato. Es imperativo que las empresas pertinentes conozcan los requisitos regulatorios actualizados en sus procesos de producción para cumplir con la normativa.

Noticias de China

En China, cuando se identifican peligros en productos de consumo, estos serán retirados y publicados en el Centro Administrativo de Productos Defectuosos de la SAMR, el cual se actualiza diariamente. Los retiros en China del 01 de agosto de 2025 al 31 de agosto de 2025 se resumen a continuación:

Peligros

Frecuencia

Peligro para la salud

22

Peligro de descarga eléctrica

13

Peligro de incendio

12

Seguridad Riesgo Peligro

9

Peligro de impacto

6

Peligro de enredo

4

Peligro de quemaduras

3

Riesgo de alergia

2

Peligro de ingestión

2

Peligro de explosión

2

Peligro de lesiones

2

Otros peligros

6

*Otros peligros incluyen peligro de choque, daño a la vista, peligro de volcadura, peligro de laceración, peligro de perforación y peligro de asfixia con una frecuencia de menos de 2.

Categorías de productos

Frecuencia

Calzado

18

Artículos deportivos / Equipamiento

12

Tejido / Textil / Confección / Textil hogar

8

Electrodomésticos

7

Material en contacto con alimentos

4

Papelería

4

Electrodomésticos

3

Artículos de viaje

2

Otras categorías

5

*Otras categorías incluyen juguetes y productos para el cuidado infantil, joyería, productos químicos, muebles y equipos de protección con una frecuencia de menos de 2.

Provincias

Frecuencia

Tianjin

12

Zhejiang

11

Guangdong

9

Jiangsu

7

Shanghai

4

Henan

4

Hunan

4

Mongolia Interior

3

Jiangxi

2

Ningxia

2

Otras provincias

5

*Otras provincias incluyen Chongqing, Gansu, Pekín, Sichuan y Shanxi con una frecuencia de menos de 2.

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El 1 de agosto de 2025, China publicó formalmente GB 26572-2025, "Restricciones sobre el uso de sustancias peligrosas en equipos eléctricos y electrónicos". Es el primer estándar RoHS obligatorio de China y entrará en vigor el 1 de agosto de 2027, reemplazando completamente el estándar GB/T 26572-2011 anterior. La nueva norma tiene como objetivo reducir la contaminación del medio ambiente y el daño a los humanos, y promover el desarrollo de alta calidad de la industria hacia direcciones más "verdes" y saludables. La norma se aplica a productos eléctricos y electrónicos fabricados, vendidos e importados dentro de China.

GB 26572-2025 "Restricciones sobre el uso de sustancias peligrosas en equipos eléctricos y electrónicos" es el primer estándar nacional obligatorio de China en el campo de las Restricciones de Sustancias Peligrosas (RoHS). Reemplaza completamente el estándar recomendado anterior GB/T 26572-2011, "Límites de sustancias restringidas en productos eléctricos y electrónicos", señalando que el control de China sobre sustancias peligrosas en productos eléctricos y electrónicos ha entrado en la fase obligatoria. La norma pretende mover el desarrollo de alta calidad de la industria en una dirección más "verde" y saludable.

La norma fue aprobada y emitida por la Administración de Estandarización de China el 1 de agosto de 2025 y entrará en vigor el 1 de agosto de 2027. Se proporciona un período de gracia de 13 meses después de la implementación (hasta el 1 de septiembre de 2028) para permitir que las empresas agoten el inventario existente.

1. Ámbito

Este documento especifica los valores límite para sustancias peligrosas en productos eléctricos y electrónicos y los requisitos de etiquetado.

Este documento se aplica a productos eléctricos y electrónicos fabricados, vendidos e importados dentro del territorio de la República Popular China.

2. Cambios principales en el estándar

2.1 Expansión de sustancias controladas

Se han agregado cuatro ftalatos adicionales (DBP, DIBP, BBP, DEHP). El número total de sustancias controladas aumenta de 6 a 10, con límites completamente alineados con RoHS de la UE. La lista completa es:

Artículo

Nombre de la Sustancia

Número CAS

Límite %

1

Plomo (Pb)

7439-92-1

≤0.1

2

Mercurio (Hg)

7439-97-6

≤0.1

3

Cadmio (Cd)

7440-43-9

≤0.01

4

Cromo hexavalente (Cr(VI))

18540-29-9

≤0.1

5

Bifenilos polibromados (PBBs)

---

≤0.1

6

Éteres difenilos polibromados (PBDEs)

---

≤0.1

7

Ftalato de dibutilo (DBP)

84-74-2

≤0.1

8

Diisobutilftalato (DIBP)

84-69-5

≤0.1

9

Butilbencilftalato (BBP)

85-68-7

≤0.1

10

Ftalato de bis(2-etilhexilo) (DEHP)

117-81-7

≤0.1

2.2 Gestión refinada de la clasificación

Productos de la Categoría I (p. ej., refrigeradores, teléfonos móviles y otros 12 tipos de productos listados): se requiere cumplir con los límites de concentración y los requisitos de marcado.

Productos de la Categoría II (otros productos eléctricos y electrónicos): se fomenta la conformidad con los límites de concentración; solo las obligaciones de marcado/etiquetado son obligatorias.

2.3 Mejoras en pruebas y marcado

La serie GB/T 39560 (equivalente a IEC 62321 en Análisis Químico de Electrónica) se adopta uniformemente como método de prueba, mejorando la consistencia de los resultados.

Se agregan opciones de marcado digital como códigos de respuesta rápida (QR) y pantallas electrónicas para reducir los costos de cumplimiento para las empresas.

2.4 Actualizaciones en la terminología

Se han agregado nuevos términos, por ejemplo, “vida útil de protección ambiental” y “catálogo de productos que cumplen con los requisitos de restricción de sustancias peligrosas”, aclarando el ciclo de responsabilidad ambiental del producto.

3. Aplicación

Requisito

Fecha

Restricciones sobre el uso de sustancias peligrosas en equipos eléctricos y electrónicos

Los productos fabricados después de la fecha de vigencia del estándar deben cumplir con los requisitos de prueba del estándar.

1 de agosto de 2027

Venta de stock existente

Para productos fabricados o importados antes de la implementación del estándar, los requisitos de este documento entrarán en vigor a partir del 13º mes después de la implementación del estándar.

Permitido hasta el 1 de septiembre de 2028

Noticias de Australia/Nueva Zelanda

En Australia, cuando se identifican peligros en los productos de consumo, serán retirados del mercado y publicados en la Base de Datos de Alertas y Retiradas por Seguridad en el sitio web de la Comisión Australiana de la Competencia y del Consumidor, que se actualiza diariamente. Las retiradas de Australia del 1 al 31 de agosto de 2025 se resumen a continuación:

Peligros

Frecuencia

Riesgo de muerte

3

Peligro de asfixia

2

Peligro de lesiones

2

Seguridad Riesgo Peligro

1

Riesgo de irritación cutánea

1

Peligro de caídas

1

Riesgo de irritación ocular

1

Peligro de descarga eléctrica

1

Peligro de incendio

1

Categorías de productos

Frecuencia

Electrodomésticos

2

Herramientas y hardware

2

Juguetes y artículos de puericultura

2

Equipos de protección

1

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